Ayuntamiento de Temascaltepec

Funciones

Bando Municipal

Capítulo II: Organización Administrativa

ARTÍCULO 21.- Es fin esencial del Gobierno Municipal lograr el bienestar general de sus habitantes, por lo tanto, las autoridades municipales deben sujetar sus acciones a los siguientes mandatos:

  • Preservar la dignidad de las personas y en consecuencia respetar, promover, regular y salvaguardar el goce y ejercicio de los derechos fundamentales en condiciones de equidad e igualdad de las personas, observando lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado y las leyes generales, federales y locales;
  • Salvaguardar y garantizar la integridad territorial del municipio;
  • Garantizar la seguridad jurídica, con la observancia del marco normativo que rige al Municipio. Para ello deberá aplicar las leyes de conformidad con la jerarquía del orden normativo del sistema jurídico mexicano, dentro del ámbito de su competencia;
  • Revisar y actualizar la reglamentación municipal, de acuerdo con las necesidades de la realidad social, económica y política del Municipio;
  • Satisfacer las necesidades colectivas de los vecinos y habitantes del municipio, mediante la adecuada prestación de los servicios públicos municipales;
  • Promover y organizar la participación ciudadana e incluir los resultados de dicha participación en el diseño, ejecución, instrumentación y evaluación de los planes y programas municipales;
  • Promover el adecuado y ordenado desarrollo urbano de todos los centros de población del Municipio, mediante el diseño e implementación de los planes y programas correspondientes;
  • Conducir y regular la planeación del desarrollo del Municipio, recogiendo la voluntad de los habitantes para la elaboración de los planes respectivos;
  • Administrar justicia en el ámbito de su competencia;
  • Salvaguardar y garantizar, dentro de su territorio, la seguridad y el orden público;
  • Promover e impulsar el desarrollo de las actividades económicas, agrícolas, industriales, comerciales, artesanales, turísticas y demás que se señalen en la Ley Orgánica Municipal o que acuerde el Ayuntamiento. Para tal efecto, deberán de Implementarse los programas, con la participación de los sectores social y privado, en coordinación con las entidades, dependencias y organismos Federales y Estatales correspondientes;
  • Coadyuvar a la preservación de la Ecología, la protección y mejoramiento del medio ambiente del Municipio, a través de acciones propias, delegadas o concertadas;
  • Garantizar la salubridad e higiene pública;
  • Promover e instrumentar la inscripción de los habitantes del Municipio al padrón municipal que corresponda;
  • Preservar y fomentar los valores cívicos, culturales y artísticos del Municipio, para acrecentar la identidad municipal;
  • Promover y garantizar la consulta popular, de tal manera que permita a los habitantes ser escuchados y participar activamente en la toma de decisiones en las políticas públicas, así como en la supervisión de su gestión;
  • Promover el bienestar social de la población con la implementación de programas de educación, asistencia social, salud y vivienda;
  • Preservar y respetar las formas de vida de los núcleos y centros de población urbana y rural, respetando sus tradiciones y costumbres;
  • Abatir la pobreza extrema a efecto de dignificar a la población marginada;
  • Salvaguardar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, los derechos de las niñas, niños y adolescentes, adultos mayores, personas de capacidades diferentes, los indígenas, sus pueblos y comunidades, así como de los demás grupos en situación de vulnerabilidad;
  • Combatir coordinadamente con la población y dependencias relacionadas todas posibles formas de contaminación del medio ambiente y el sistema ecológico;
  • Mantener, conservar los monumentos históricos y sitios culturales del Municipio, así como promover el conocimiento de los mismos;
  • Administrar con eficiencia, honradez y transparencia los bienes patrimoniales, recaudando los impuestos, derechos aprovechamientos y contribuciones con estricto apego a las disposiciones legales;
  • Los demás fines que la población demande en su legítima aspiración y derecho para el mejoramiento del Municipio.

ARTÍCULO 22.- El territorio del Municipio de Temascaltepec comprende los límites de la extensión geográfica reconocida por sus habitantes y autoridades, sobre la cual el Ayuntamiento ejerce la jurisdicción que conforme a derecho le corresponde para vigilar, supervisar, intervenir, participar, decidir, promover, suscribir convenios y toda la clase de actos federales, estatales y/o municipales sobre la creación y administración de reservas territoriales y ecológicas, la utilización del suelo urbano y rural, regulación de la tenencia de la tierra; otorgar licencias y permisos de construcciones privadas; para planificar, administrar y coordinar el desarrollo de las localidades urbanas y centros de población en los términos de las facultades, responsabilidades y competencias que le confieren las disposiciones vigentes.
 

Bando Municipal 2022. 100 páginas, 1.6 MB